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DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A TURISTAS EXTRANJEROS

Los extranjeros con calidad de turistas pueden obtener la devolución del impuesto* que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías, en comercios establecidos en nuestro país, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:

• Que retornen al extranjero por vía aérea o marítima.
• Contar con comprobantes fiscales.
• Que las mercancías adquiridas salgan efectivamente del país.
• Que la compra mínima por establecimiento sea de $1,200.00.
• Que la compra se haya efectuado en establecimientos que participen en el “Programa de devolución de impuestos a turistas extranjeros”.
• Que hayan sido adquiridas con medios electrónicos de pago (tarjeta de crédito, débito o de servicios emitidos en el extranjero por instituciones financieras extranjeras) o bien, tratándose de compras en efectivo, siempre que no excedan de $3,000.00.
La devolución se efectúa por concesionarios autorizados que han implementado diversos módulos de atención para tal efecto.

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